ELLOS OPINAN RD
Por: Luis Silva
SANTO DOMINGO, RD.- Los sobres de bicarbonatos tienen identidad. En los pequeños sobrecitos de este compuesto sólido de múltiple utilidad en los hogares dominicanos que se venden al detalle en los colmados, a veces se esconde algo más que polvo blanco. También se guarda información personal aleatoria.
En muchos de estos establecimientos, la envoltura de este producto no suele contar con registro sanitario ni con el nombre del fabricante. El empaque está hecho de pequeñas bolsas plásticas sujetas con grapas que unen la hoja de papel que cierra la bolsa.

Al darle la vuelta al papel, evidentemente reutilizado, puede aparecer de manera aleatoria números de cédulas de identidad, fragmentos de carnets de seguridad social y otros documentos personales que, sin explicación evidente, terminan formando parte del empaque que se distribuye en gran parte del territorio nacional.
La escena puede pasar desapercibida en estos establecimientos, que, entre estantes repletos de productos cotidianos, cuelgan estas diminutas fundas grapadas, listas para ser llevadas por quien busca una solución rápida para la limpieza o preparar un remedio casero contra la acidez estomacal.
La exposición de documentos personales en el producto ha sido denunciada por usuarios de redes sociales, quienes han reaccionado preocupados por la situación y exigen a las autoridades la implementación de controles para que no siga ocurriendo.
Un equipo de nuestros colaboradores lo constató al comprar bicarbonato en colmados localizados en algunos barrios capitalinos como San Carlos y Villa Francisca.

Base legal
En materia legal, la reutilización de papel con copias de documentos personales para empaques podría determinarse como una divulgación no autorizada de datos, lo que representaría una violación a la Ley 172-13 sobre Protección de Datos de Carácter Personal.
Esta normativa promulgada en el año 2013 y que tiene como objeto la protección integral de los datos personales, establece en el numeral 2 del artículo 13 que la información personal debe conservarse bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta y uso o acceso no autorizado.
Asimismo, en el artículo 5 dispone que los archivos de datos personales no pueden tener finalidades contrarias a las leyes o al orden público, por lo que deben estar registrados y apegados a fines específicos como principios de calidad y seguridad.
De igual manera, la normativa determina en el artículo 88 que cualquier persona física o jurídica que viole las disposiciones sobre protección de datos puede ser sancionada con prisión correccional de seis meses a dos años y multa de 100 a 150 salarios mínimos vigentes.








